Diputados ratificaron penas que van desde multas económicas hasta penas de 10 años cárcel a las personas que provoquen la muerte de un adulto mayor con su abandono.
Las penas de cárcel por arriesgar el bienestar, la salud y la vida de adultos mayores por situaciones de abandono ya son ley. Este jueves, la Asamblea Legislativa aprobó el proyecto 19.438 con 50 votos a favor, en unanimidad del plenario.
La ley añade un artículo al Código Penal con sanciones económicas y hasta 10 años cárcel, según la gravedad del abandono de la persona adulta mayor.
“Esta norma regula el abandono en cualquier lugar, así sea un hospital o en la banca de un parque”, afirmó la diputada María José Corrales, presidenta de la Comisión de discapacidad y adulto mayor.
Las sanciones penales, esperan los legisladores, surtirán un efecto preventivo de la situación de abandono.
Durante el debate, la diputada Corrales afirmó que el Organismo de Investigación Judicial investigó 6.000 denuncias durante el último año.
El jefe de fracción de Liberación Nacional, Luis Fernando Chacón, aseguró que la ley deberá “llamar la atención como sociedad” de la vulnerabilidad de la población adulta mayor.
“Creo que estoy podría contribuir a ser una prevención del abandono, pero necesitamos otro tipo de medidas para poder tomar suficiente conciencia de lo que significa esta etapa de la vida, de lo que significa la protección especial, los cuidados y las responsabilidades, y las corresponsabilidades”, dijo la diputada Catalina Montero del Partido Acción Ciudadana (PAC), también miembro de la Comisión de discapacidad y adulto mayor y quien es una mujer adulta mayor.
El cambio en el Código Penal incluye sanciones “de 10 a 100 días multa o de 1 a 6 meses de prisión” para quien abandone a la persona adulta mayor “en estado de vulnerabilidad”.
La sanción será agravada de “seis meses a tres años de prisión” al poner “en peligro la vida, la salud física, mental o social de la persona adulta mayor”.
La muerte de una persona adulta mayor, producto del abandono, será castigada “con una pena de prisión de seis a diez años”, tal y como lo establecía el texto original del proyecto de ley (fue presentado, en el 2014, por el diputado de Restauración Nacional, Fabricio Alvarado).
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